A.R.T.

La cobertura de accidentes de riesgos de trabajo es obligatoria para aquellas empresas con personal en relación de dependencia. La Ley 24.557 estimula la adopción de medidas preventivas de seguridad e higiene con el fin de minimizar situaciones de riesgo para los empleados. Principales caracteristicas de la cobertura:

 

  • Involucra al  100%  del personal en relación de dependencia.
  • Cobertura  TOTAL  para  TODO  el personal.
  • Un mismo costo para todos los empleados de una misma empresa, aplica el concepto de Costo Global por Empresa.

 

Cobertura:

  • Accidentes de trabajo: Cualquier evento súbito y violento que preven por el hecho o en ocasión del trabajo.
  • Accidente “in itinere”: Cualquier evento súbito y violento ocurrido en el trayecto entre el lugar de trabajo y domicilio del trabajador.
  • Accidentes en el exterior: En cualquier lugar del mundo donde se encuentre trabajando. La cobertura mantiene las mismas características, alcances y prestaciones que a nivel local.
  • Enfermedades profesionales: Toda enfermedad que está incluida en la LRT 24.557, Decreto 658/96 y modificatorias.

 

La ART le cubre todos los gastos erogados del accidente/enfermedad profesional como ser :

  • Emergencia medica nacional las 24 hs. los 365 días del año.
  • Atención y seguimiento médico durante todo el período de tratamiento.
  • Provisión gratuita de medicamentos.
  • Provisión gratuita de prótesis y ortopedia.
  • Tratamientos de rehabilitación sin costo.
  • Gastos de traslado para asistencia médica a carga de la ART durante todo el período de tratamiento.

Las coberturas enunciadas constituyen sólo un resumen informativo, quedando sujetas a los alcances definidos en el texto de las Condiciones Generales y Particulares de la póliza. Por este motivo, si desea obtener mayores precisiones, sugerimos su consulta.

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